Patronato de Cultura
1982
BASES Y CONVOCATORIA DE LA XXXI EDICIÓN DEL PREMIO DE TEATRO CIUDAD de Guadalajara 2015, «ANTONIO BUERO VALLEJO»
El Patronato Municipal de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara convoca la XXXI Edición del Premio de Teatro Ciudad de Guadalajara 2015, «Antonio Buero Vallejo».
Con motivo de ello, se ha resuelto publicar la presente convocatoria de acuerdo a las siguientes:
BASES
1.- PARTICIPANTES
1.1.- Podrán concurrir cuantas personas interesadas lo deseen, de cualquier nacionalidad, y con una sola obra, pudiendo hacerlo de forma individual o colectiva.
1.2.- Los participantes habrán de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, según establece el artículo 24.7 del Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y con el Ayuntamiento de Guadalajara.
Asimismo, no podrán hallarse incursos en ninguna de las causas que impiden obtener la condición de beneficiario de subvenciones públicas, según lo dispuesto en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.
1.3.- No podrán participar en esta convocatoria las personas que tengan pendiente de justificación, fuera de plazo, subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento de Guadalajara o sus organismos autónomos.
2.- CONDICIONES TÉCNICAS
2.1.- Pueden optar a este premio las obras originales, e inéditas, que no hayan sido premiadas en otros concursos. Los autores serán responsables, ante el Patronato Municipal de Cultura y frente a terceros, del cumplimiento de lo establecido en este punto.
2.2.- Se admitirá un máximo de una obra por autor.
2.3.- El tema será libre.
2.4.- Los originales estarán escritos en lengua castellana y sin límite alguno en el número de páginas.
2.5.- El texto teatral se presentará, por triplicado, a tamaño folio –DIN A4–, mecanografiado a doble espacio por una sola cara y encuadernado para poder ser leído.
2.6.- Para preservar la identidad del autor hasta el fallo del Jurado, cada concursante presentará cada uno de los tres ejemplares sin firma, señalándose en su portada el título de la obra.
2.7.- Aparte, en sobre cerrado, se incluirá el nombre y apellidos de su autor, breve currículo, domicilio, teléfono y una declaración firmada indicando que el trabajo presentado es original e inédito. En el exterior del sobre aparecerá en letras mayúsculas el mismo título que figure en los originales, sin constar alusión alguna que permita identificar al concursante, siendo excluído el trabajo en caso contrario.
2.8.- La obra por triplicado y la plica se presentarán o enviarán en un solo sobre a las oficinas del Patronato Municipal de Cultura, en el que figurará la siguiente leyenda: PREMIO DE TEATRO CIUDAD de Guadalajara 2015, «ANTONIO BUERO VALLEJO».
3.- PRESENTACIÓN DE LAS OBRAS
3.1.- Los trabajos se presentarán en el Teatro Buero Vallejo, calle Cifuentes número 30, 19003-Guadalajara, en días hábiles, de lunes a viernes, y en horario de 9,00 a 14,00 horas. El plazo quedará abierto desde el siguiente día al de la publicación de las presentes Bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara, y hasta las 14,00 horas del 18 de septiembre de 2015, inclusive.
También serán admitidos aquellos envíos que se hubieran franqueado en origen dentro de este plazo. Los concursantes que remitan por correo sus obras, en cualquier caso, enviarán un fax al número 949 21 54 18 comunicando su participación por este medio, acompañado a este aviso la documentación que acredite el día y la hora de su entrega en la oficina postal.
3.2.- Las presentes Bases se publicarán asimismo de forma íntegra en la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara (www.guadalajara.es).
4.- PREMIOS
4.1.- Se establece un único premio de 6.000 euros para la obra ganadora. La dotación presupuestaria total se cifra en 6.000,00 euros, correspondientes a la aplicación presupuestaria 334022610 del vigente Presupuesto del Patronato Municipal de Cultura del ejercicio 2015.
4.2.- Los premios estarán sujetos a la correspondiente fiscalización, según la normativa vigente, así como a la normativa tributaria correspondiente en materia de IRPF.
5.- JURADO
5.1.- La selección y concesión del premio del concurso se realizará a propuesta de un Jurado que estará constituido de la siguiente forma:
Presidente: Concejal de Cultura.
Vocales: Cinco profesionales de reconocido prestigio en el ámbito literario y teatral.
Secretario: El del Patronato Municipal de Cultura.
5.2.- Este Jurado, constituido como órgano instructor, levantará acta final de sus resoluciones donde hará constar todas las obras presentadas, las admitidas, las rechazadas y el motivo de su rechazo, siempre de acuerdo con las condiciones establecidas en las presentes bases.
Dicho acta reflejará la obra ganadora y los méritos que concurren en ella para tal distinción. Este documento constituirá propuesta de acuerdo a la Presidencia del Patronato Municipal de Cultura, que será el órgano municipal competente para la concesión del premio.
5.3.- El Jurado podrá declarar desierto el concurso en caso de considerar que ninguno de los trabajos presentados reúna los méritos suficientes para ser premiados.
5.4.- Las decisiones del Jurado, en todo caso, serán inapelables y quedará facultado para resolver las dudas que se presenten, y tomar los acuerdos necesarios para el buen orden del concurso en todo lo no previsto en estas bases.
5.5.- Los concursantes se comprometen a aceptar las bases, así como las decisiones del Jurado.
6.- RESOLUCIÓN Y NOTIFICACIÓN. PROPIEDAD DE LAS OBRAS
6.1.- Tanto el acta del Jurado como el acuerdo de concesión serán publicados en la Sede Electrónica del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara (www.guadalajara.es). Dicha publicación servirá de notificación a los participantes.
6.2.- El plazo para resolver por completo el concurso y notificar el fallo a los participantes será de seis meses desde la publicación de las bases en el Boletín Oficial de la Provincia de Guadalajara.
En todo caso, el fallo del concurso se hará público el día 27 de noviembre de 2015, y será notificado al ganador. Trascurrido dicho plazo sin haberse verificado la resolución completa del concurso, la convocatoria quedará sin efecto, y los participantes que hayan presentado sus obras podrán retirarlas libremente.
6.3.- Una vez fallado el concurso, y concedido el premio, la obra ganadora pasará a ser propiedad del Patronato Municipal de Cultura del Excmo. Ayuntamiento de Guadalajara a todos los efectos, pudiendo hacer uso libremente de ella en cualquier medio de reproducción o divulgación, haciendo constar los nombres de los/as autores/as.
La Resolución de concesión podrá ser objeto de los recursos administrativos y judiciales procedentes, que se indicarán en la propia publicación de la Resolución.
6.4.- Una vez fallado el premio y con la mayor brevedad posible, el ganador remitirá al Patronato Municipal de Cultura el texto original de la obra en formato word para su publicación.
6.5.- El servicio de publicaciones del Patronato Municipal de Cultura costeará la primera edición con una tirada de 500 ejemplares, haciendo entrega de 100 a su autor; sin que por ello el Patronato tenga que satisfacer compensación económica adicional.
6.6.- Con respecto a la obra premiada el Patronato Municipal de Cultura se reserva el derecho exclusivo de reproducción y distribución del libro. Cualquier edición que se quiera realizar de la misma requerirá la previa autorización del Patronato. Igualmente mantendrá en su página web el texto en formato «pdf» para facilitar su descarga a los posibles lectores.
6.7.- La persona ganadora del premio según el acta del Jurado, y previamente a su concesión, habrán de cumplimentar previamente a su concesión el Anexo I de las presentes Bases.
7.- RESPONSABILIDAD
7.1.- El Patronato Municipal de Cultura no se responsabiliza de los contenidos de los trabajos presentados.
7.2.- El Patronato Municipal de Cultura garantiza el mayor cuidado de los trabajos, pero en ningún caso se hace responsable de posibles deterioros que sufran por causas ajenas o de fuerza mayor.
8.- OTRAS DETERMINACIONES
8.1.- La participación en el concurso supone la aceptación de las presentes bases, quedando excluidas las obras que no cumplan alguno de las condiciones antes expuestas.
8.2.- Los ganadores estarán obligados a devolver el premio si se comprobase que su trabajo hubiese sido premiado anteriormente o editado, total o parcialmente, o se plantease reclamación fundada sobre su autoría.
8.3.- La organización podrá introducir, si lo cree necesario, las modificaciones que estime convenientes para el buen funcionamiento del concurso.
8.4.- Los originales no premiados podrán ser retirados por sus autores en la sede del Patronato Municipal de Cultura dentro de los dos meses siguientes a la publicación del fallo. Transcurrido este tiempo, el Patronato podrá disponer con toda libertad de los trabajos no retirados. El Patronato Municipal de Cultura no mantendrá correspondencia sobre originales recibidos fuera de plazo.
9.- NORMA FINAL
Las presentes Bases se regirán por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Real Decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, Bases de ejecución del Presupuesto Municipal para 2015, y en los no previstos por las anteriores normas, por las disposiciones de Derecho Común.
Guadalajara, 28 de abril de 2015.– El Presidente del Patronato Municipal de Cultura.